ABOGADO DELITOS SEXUALES MADRID

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Cómo abogado, me dedico a la defensa de hombres denunciados por delitos sexuales en Madrid desde que los gano, me alejo de los prejuicios.

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«TU DEFENSA DESDE EL PRINCIPIO, TU LIBERTAD MI OBJETIVO.»

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Conductas Sexuales Penalizadas

DELITOS SEXUALES

ABOGADA EXPERTA DELITO AGRESIÓN SEXUAL

Se produce cuando hay cualquier tipo de acto sexual con violencia o intimidación sin consentimiento de la víctima. La voluntad de la víctima se doblega con la violencia o la intimidación ejercida sobre ella.

La pena es de prisión es de 1 a 5 años.

ABOGADA EXPERTA DELITO VIOLACIÓN

Se da cuando en la agresión sexual se produce penetración por vía vaginal, bucal o anal (la introducción de la lengua en la vagina no es violación).

La pena es de prisión 6 a 12 años.

En cualquiera de los casos, el delito se agrava si hay superioridad, parentesco, si se usan armas, si la persona agredida tiene discapacidad, si la acción es cometida por dos o más personas o tiene un carácter vejatorio. Las penas oscilan entre 1 y 12 años.

ABOGADA EXPERTA DELITO ABUSO SEXUAL

Sentencia 396/2018, de 26 de julio. Es cualquier tocamiento de carácter sexual sin consentimiento de la persona a la que va dirigido supone un abuso sexual.

Todo tipo de tocamientos en pechos, trasero, caderas, órganos sexuales, etc. (STS 1431/2002 de 13 de septiembre; STS 1709/2002 de 15 de octubre), Masturbación (STS 739/99 de 12 de mayo) Besos (STS 434/1998 de 20 de marzo).

La falta de consentimiento ha de exteriorizarse de alguna manera, de tal modo que el autor del delito se percate de ello (STS 238/2007 de 21 de marzo). El consentimiento ha de ser continuado y aparecer y/o seguir apareciendo en el momento inmediatamente anterior a la realización de dichos actos.

No es valido el consentimiento de los menores de 13 años. Tampoco en los privados de sentido o con trastorno mental.

El delito de abuso sexual aplica una pena de prisión de 1 a 3 años o pena de multa de 18 a 24 meses.

Se agrava la pena cuando la víctima sea especialmente vulnerable por su edad, enfermedad o situación, o por que tenga una relación de superioridad o parentesco con la víctima.

ABOGADA EXPERTA DELITO ACOSO SEXUAL 

Lo comete el que solicita prevaleciéndose de una situación de superioridad favores sexuales en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios y provocara a la víctima una situación humillante, y a la que accede para evitar un mal en sus legítimas expectativas en esa relación.

Está penado con entre 3 y 5 meses de cárcel y multa de 6 a 10 meses. Si además el que lo realiza es un superior o amenaza a la acosada con quitarle su puesto de trabajo si no hace lo que le pide, se agravará la pena.

¿Hablamos?

Me alejo de los prejuicios

ABOGADA EXPERTA EXHIBICIONISMO Y PROVOCACIÓN SEXUAL

El que ejecuta o hace ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces. Y, el que por cualquier medio directo, vendiera, difundiera o exhiba material pornográfico entre menores de edad o incapaces.

Penas de 6 meses a un 1 de prisión o con multa de doce a 24 meses.

ABOGADA EXPERTA PROSTITUCIÓN

  1. Cuando se trate de mayores de edad se castigará a la persona que obligue, engañe o prevalezca de una situación o necesidad o superioridad para conseguir que otra ejerza la prostitución. La prostitución libre de una persona no es delito ni falta en el código penal.
  2. Cuando la ejerzan menores de edad se castigará al que la induzca o promueva, también se castigará la utilización de menores en espectáculos de carácter exhibicionistas o pornográficos y al que venda o distribuya ese material. Penas de prisión de 2 a 5 años y multa de 12 a 24 meses.

Si gana beneficios económicos explotando la prostitución de otra persona (aunque esta sea voluntaria) se castigará con una pena de prisión de dos a cuatro años y una multa de 12 a 24 meses.

ABOGADA EXPERTA DELITOS DE TENENCIA Y DISTRIBUCIÓN DE PORNOGRAFIA INFANTIL

Desde la posesión de pornografía infantil hasta la mera acusación de distribución, un acusado puede enfrentar largas penas de prisión, registro como delincuente sexual de por vida y una reputación y carrera empañadas.

El DELITO DE POSESIÓN DE PORNOGRAFÍA INFANTIL se castiga con la pena de tres meses a un año de prisión o multa de seis meses a dos años.

Para cometer el delito es necesario que el material pornográfico se imprima o grabe en algún soporte, con la finalidad de un consumo propio y sin intervención alguna en la filmación o comercialización.

Además el material tiene que tener  un mínima duración en el tiempo. No es delictiva la posesión fugaz, como la descarga y borrado inmediato de un archivo.

La posesión de un único archivo pedófilo, por la alta probabilidad de que su descarga haya sido accidental, puede no ser punible.

No todas las imágenes o vídeos son consideradas como pornografía infantil. La jurisprudencia estima que la mera imagen de un desnudo no es objetivamente material pornográfico si no concurre de forma añadida obscenidad o situaciones impúdicas.

También será necesario para ser condenado por un delito de posesión de pornografía infantil que se demuestre que el acusado tenía conciencia de tener en su poder material pornográfico infantil.

En muchos casos los juzgados deducen este conocimiento de indicios como la existencia de numerosos archivos o su clasificación en carpetas con nombres con referencias pedófilas.

ABOGADA EXPERTA DELITO DE DISTRIBUCIÓN DE PORNOGRAFÍA INFANTIL

La venta, distribución, exhibición, oferta y facilitación de material pornográfico infantil se castiga con penas de prisión de uno a cinco años. Es importante destacar que el origen desconocido o del material pornográfico infantil no exime del delito.

Los supuestos más habituales en los tribunales son la difusión de archivos ilícitos a través de los programas peer-to-peer como eMule; la puesta en común de los archivos con otros usuarios; el intercambio de material en grupos y chats; y la utilización de páginas web con contenidos pedófilos.

Para ser condenado por distribución de pornografía infantil, es necesario que concurran más circunstancias que la simple descarga. Tales como la tenencia de gran cantidad de material en el programa, la participación en foros pedófilos, el número de veces que se comparte, la estructura del terminal, la recepción de las imágenes o videos por otros usuarios, el grado de conocimiento de informática del acusado o los actos paralelos de compra e intercambio.

El delito de distribución resulta agravado, con penas que alcanzan hasta nueve años de prisión, si el responsable utiliza a menores de 13 años, actúa de forma degradante o vejatoria, pertenece a una organización dedicada a realizar estos delitos o es una persona encargada de hecho o de derecho del menor o incapaz.

La policía rastrea las red para detectar las direcciones IP desde las que se han descargado archivos ilegales. Estos datos son públicos y la policía no requiere autorización judicial para recabarlos. Sin embargo, sí que debe obtener una autorización del Juez para dar el próximo paso: la identificación del titular de la línea asociada la IP investigada.

Suelen utilizar sistemas como Gnuwatch -vigilante- arma informática de la Policía contra la pornografía infantil en internet. Una especie de GPS capaz de rastrear millones de conexiones día y noche y de localizar, en un mapa, dónde se esconden los pedófilos, consumidores de fotos y vídeos sexuales de niños.

No sólo busca archivos con nombres de contenido claramente pornográfico, sino que es capaz de rastrear el hash, una especie de ADN o de número de serie único de cada una de las fotos o vídeos que circulan por la red, dado que se ha detectado que muchos usuarios de este tipo de pornografía, cambian los nombres de los archivos para intentar despistar a los investigadores, aunque Gnuwatch es capaz de encontrarlos de todos modos.

El modus operandi de la Policía Nacional es el siguiente selecciona unas decenas de vídeos o fotos de pornografía infantil de reciente aparición en internet y los introduce en Gnuwatch para que rastree las redes de intercambio de archivos.

Antes usaban la red e-Donkey, ahora es Gnutella, después ocultarán las IP, y también están las páginas privadas, que dan mucho dinero y son muy difíciles de perseguir.

También s utiliza PhotoDNA Cloud Service, un software desarrollado por Microsoft , realiza un chequeo automático” de internet, un escaneado de webs, correos electrónicos o redes sociales.

El Juzgado, a petición de la policía, solicitará a las operadoras de telecomunicaciones los datos de titularidad y, a continuación, ordenará a la policía la entrada y registro en el dominio del titular, con el decomiso de los ordenadores y discos duros que se consideren susceptibles de contener material ilícito.

Es importante que ya en este momento contactes con un abogado, porque probablemente procederán a tu detención y puesta a disposición judicial.

No debes consentir el registro en tu domicilio sin una autorización judicial.

PRUEBAS EN UN DELITO SEXUAL

DECLARACIÓN DENUNCIANTE

Debe reunir todos los requisitos que exige la jurisprudencia y ahí está mi trabajo intentar desvirtuar su testimonio.

PERICIAL SOBRE CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO

Nos encontramos con un tipo de delitos que generalmente se producen en la intimidad. Por lo que la única prueba que existe en muchos casos es el testimonio de la denunciante, en estos casos se puede acordar la práctica de  prueba pericial sobre credibilidad, sobre todo en supuestos de abuso sexual infantil. Pero se debe tener presente que no está exenta de limitaciones a la luz de los datos arrojados por la investigación científica.

PRUEBA ADN ¿TENGO QUE SOMETERME OBLIGATORIAMENTE A LA PRUEBA DEL ADN?

Generalmente siempre que una persona es detenida por un delito sexual, en comisaría le indican que si presta su consentimiento para realizar la prueba de ADN. Es importantísimo que para tomar esta decisión esperes a que tu abogado acuda a comisaría y te asesore.

Dado que los análisis de ADN albergan una naturaleza ambivalente, es decir, que pueden servir tanto para acreditar la culpabilidad, como la inocencia. Además de que sus resultados –en caso de que sean positivos– han de valorarse en términos indiciarios y probabilísticos.

También se deben considerar las consecuencias que tiene la negativa a realizarse la prueba. (La negativa del acusado por agresión sexual a someterse a la prueba de ADN no integra una prueba de cargo contra él, pero sí debilita la veracidad de sus alegaciones de descargo. Sentencia 781/2016, de 19 de octubre de 2016).

También informando sobre el tratamiento que se le dará a tus identificadores genéticos, una vez que éstos sean obtenidos, explicándote si serán o no objeto de inserción en la base de datos, en qué términos, para qué finalidad y durante cuánto tiempo.

Igualmente debes asesorarte acerca de cuáles son los derechos que te asisten en lo tocante a dicha inscripción (derechos de acceso, rectificación y cancelación) y cómo y ante quién puedes ejercitar los mismos.

CERTIFICADO DE DELITOS DE NATURALEZA SEXUAL

Si resultas condenado por un delito sexual, tu condena será registrada en el REGISTRO DE DELITOS SEXUALES.

Fue creado en marzo del año 2016, es un órgano creado para mantener un control y vigilancia de los antecedentes penales de personas que hayan sido juzgadas, sentenciadas o se hayan visto inmiscuidas en algún delito sexual.

Para tales fines, este órgano creó un Certificado de Delitos Sexuales, que emite una constancia que da fe de los antecedentes penales específicos sobre delitos sexuales. Siendo la presentación de este certificado, una condición obligatoria para cualquier persona que quiera laborar o pretenda trabajar en actividades donde se tiene contacto habitual con menores de edad, tal es el caso, de las personas que trabajan en actividades extraescolares o aulas matinales.

Todos los particulares condenados en sentencia firme por delitos de naturaleza sexual que hayan extinguido su responsabilidad penal, tienen el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales en los plazos que marca la Ley.

El antecedente penal lo constituye la nota de condena. Por lo que su cancelación afecta al conjunto de penas impuestas en sentencia firme y no a cada una de las penas individualizadas.

¿Hablamos?

Requisitos necesarios para cancelar LOS ANTECEDENTES POR DELITOS SEXUALES.

  1. Cuando tanto la víctima como el condenado son mayores de edad, las inscripciones tienen su origen en el Registro Central de Penados y la cancelación se atendrá a lo establecido con carácter general para la Cancelación de Antecedentes Penales.
  2. Si el condenado es menor de edad, con independencia de la edad de la víctima, las inscripciones tienen su origen en el Registro Central de Sentencias Firmes de Menores y la cancelación se regirá por las normas de cancelación de este Registro: se cancelará de oficio a los diez años, a contar desde que el menor hubiera alcanzado la mayoría de edad y siempre que las medidas judicialmente impuestas hayan sido ejecutadas en su plenitud o hayan prescrito.
  3. Cuando la víctima es menor de edad y el condenado mayor de edad, la cancelación se realizará cuando haya transcurrido el plazo de TREINTA AÑOS, a contar desde el día en que se considere cumplida la pena de conformidad con el artículo 136 del Código Penal sin haber vuelto a delinquir. En este caso, la cancelación de los antecedentes penales que consten en la inscripción del Registro Central de Penados no conllevará la cancelación de esta información a los efectos de realizar trabajos o actividades con menores.

La cancelación de las inscripciones derivadas de sentencias dictadas por jueces o tribunales extranjeros que consten en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, exigirá la previa comunicación en tal sentido por parte del Estado de condena.

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